En 2012, un padre denunció que su hija
había sido violada por un peón rural. Pero la menor negó la situación, declaró
que esa fue una relación consentida y que en realidad la violó su tío.
La justicia actuó y declaró culpable al
hombre en un juicio que finalizó en octubre de 2015, pero nunca se dio la pena
y tras tres años, podría quedar en libertad porque el artículo 87 del Código
Procesal Penal de Neuquén establece ese tiempo para fijar la pena.
El abogado del violador de la niña, pidió la escisión de prisión para su
defendido luego de que la causa pasará dos años olvidada en un cajón. Este
martes el letrado reiteró su pedido al juez Lucas Yancarelli, mientras que el
fiscal Gustavo Mastracci solicitó la inconstitucionalidad del artículo 87.
La audiencia se demoró porque no
lograban encontrar a la víctima y finalmente la definición la tomará el
magistrado este jueves y deberá resolver si libera al abusador o si declara la
inscontitucionalidad y se fija la pena al condenado.
Ante esta situación, el Tribunal
Superior de Justicia pidió que se investigue el accionar del fiscal Gustavo
Mastracci y de la defensora del niño y del adolescente Marcela Roveda.
¿Qué dice el artículo 87?
Artículo 87: Duración máxima. Todo
procedimiento tendrá una duración máxima de tres (3) años improrrogables,
contados desde la apertura de la investigación penal preparatoria. No se
computará a esos efectos el tiempo necesario para resolver el recurso
extraordinario federal. Transcurrido ese plazo se producirá la extinción de la
acción penal y deberá dictarse el sobreseimiento del imputado. Fuente LMNeuquén
PUBLICADO POR FM Libra
106.7-Allen-Río Negro.
E Mail de contacto infosao2010@gmail.com
PUBLICADO EL 10/10/2017