Con el objetivo de generar un
modo de investigar unificado en la provincia de Río Negro, el Procurador
General, Jorge Crespo, suscribió un nuevo protocolo de trabajo de cumplimento
obligatorio para los fiscales de todo el territorio.
En este caso, se trata de
un documento que brinda reglas claras acerca de cómo investigar delitos
informáticos, engrosando así el listado de Instrucciones generales suscriptas
en 2018 que ya integran aquella que delimita la aplicación de criterios de
oportunidad y la que impone modos de investigar los casos de violencia
institucional.
En este caso, la provincia de
Río Negro se constituye en una de las primeras del país en aprobar un protocolo
de investigación de ciberdelitos, creado a la luz de un instrumento similar
elaborado por el Ministerio de Seguridad de la Nación y que adhiere a la “Guía
de buenas prácticas para obtener evidencia electrónica en el extranjero”.
En la
creación de este documento tuvo una importante participación la Organización
civil Mamá en Línea, que trabaja desde el año 2009 en el acompañamiento de
familias víctimas de delitos de índole sexual y, especialmente, del delito de
ciberacoso sexual conocido con el nombre de Grooming.
Acceder a Protocolo de
Actuación en casos de Ciberdelitos
El Protocolo enfatiza en la
función de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (Oitel)
dependiente de la Procuración General, a cuyos integrantes les endilga la
responsabilidad de ser los únicos que pueden examinar y analizar la evidencia
digital recolectada en el marco de las investigaciones, buscando preservar en
todas las ocasiones la prueba original. Dentro de éste área se encuentra,
además, el referente provincial que recibe las causas de pornografía infantil y
las remite a las Fiscalías correspondientes para el inicio de las
investigaciones.
Entre las pautas específicas
de actuación, el protocolo impone reglas para la recepción de la denuncia, la
atención que debe brindarse a denunciantes menores de edad, las condiciones
imperantes en la investigación preliminar y el modo de actuar en los
allanamientos.
En este sentido da
instrucciones precisas acerca de qué tipo de dispositivos electrónicos deben
secuestrarse, cómo manipularlos para evitar pérdida de información y de qué
forma garantizar una cadena de custodia que reduzca las posibilidades de
futuras nulidades en el marco de la causa judicial.
Asimismo indica que el trabajo
judicial debe realizarse sobre copias del material obtenido, procurando
preservar el original de manera inalterable y puntualiza cuál es la prueba que
puede ser susceptible de secuestro entre la que nombra los chats y blogs,
juegos infantiles o de contenido sexual, registro de actividad en internet y
directorios de archivos encriptados. Agrega además cualquier tipo de papel que
contenga contraseñas anotadas, notas y manuales.
Entre otros aspectos, el
protocolo destaca que para llevar adelante este tipo de casos, los fiscales
podrán hacer uso de los medios de investigación dependientes de la Procuración
General y requerir, de ser necesario, la colaboración con agencias provinciales,
nacionales o internacionales especializas en la materia.
PUBLICADO EL 06-06-2018